Must Carry y Must Offer.
De acuerdo con los expertos en la materia la propuesta contenida en el apartado 10 del documento original permanece sin cambios. Es decir, se mantiene la obligatoriedad de los concesionarios de televisión restringida de incluir los contenidos de las señales abiertas (must carry). Pero esto sólo es posible si los concesionarios –titulares de los derechos sobre los contenidos, según establece la propuesta- permitan su retransmisión. En este contexto, cabe recordar que las señales se recibirán en su mayoría de manera gratuita. Sin embargo, se establecen diferencias entre concesionarios que pueden cubrir el costo de las señales y sus contenidos, de aquellos que no podrían hacerlo por las características de su concesión: ubicación geográfica, cobertura, características de la audiencia, publicidad, programación propia etc. Un asunto que seguramente se discutirá a profundidad en las leyes secundarias, tomando en cuenta los beneficios económicos que la venta de sus servicios representan para las televisoras, en particular Televisa y Televisión Azteca.
Publicado originalmente en Revista Mexicana de Comunicación: Ley Federal de Telecomunicaciones: ¿escenarios posibles? | Revista Mexicana de Comunicación (RMC)
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